Preguntas frecuentes

Sí, el autoconsumo es legal. Actualmente es el Real Decreto 244/2019 del 5 de abril el que regula las condiciones administrativas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, definidas en el artículo 9 de la ley 24/2013.

En él se simplifica y facilita el acceso a la energía fotovoltaica, desarrollando con mayor precisión las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. 

Se desarrolla tanto el autoconsumo individual como el autoconsumo colectivo y establece un sistema de compensación simplificada.

También deroga el llamado «impuesto al sol» o las baterías entre otras cosas, aportando certidumbre y seguridad a los/las usuarios/as.

(Extraído de “Guía profesional de tramitación del autoconsumo” editada por el IDAE)

El RD 900/2015 definía el autoconsumo, y regulaba todas aquellas instalaciones que estuvieran o pudieran estar conectadas a red, ya vertiesen energía o no lo hicieran. Según este RD, todas las instalaciones conectadas tenían en común:

Registrarse en el plazo de un mes desde la formalización del contrato de conexión. Actualmente, debemos comunicar a la Comunidad Autónoma la existencia de la nueva instalación, a través del boletín eléctrico que es obligatorio hacer.

Solicitar el estudio de conexión a la compañía eléctrica. Será gratuito para potencias <10kW sin vertido a red. NO VIGENTE. No es necesario un estudio de conexión para potencias de <15 kW, ya sean con o sin vertido a red.

Solicitar a la distribuidora el permiso de conexión a la red, vaya a vertirse o no. NO VIGENTE. La distribuidora no puede vetar la posibilidad de conexión a red, con o sin vertido, para instalaciones de <15 kW.

Instalar una potencia pico igual o menor a la contratada con la compañía. NO VIGENTE. Ya no existe relación entre la potencia contratada y la de nuestra instalación.

Instalar dos contadores (uni o bidireccional, según el caso), de generación y consumo, próximos al punto fronteraLa distribuidora se encarga de instalar los contadores necesarios, aunque con coste.

No ser remuneradas por el vertido de excedentes. Solo se remunerará la venta de plantas generadoras construidas con ese fin y registradas en el RAIPRE. NO VIGENTE. Para saber más sobre la compensación simplificada,

Hay varios criterios para catalogar el tipo de instalación según el RD 244/2019.

POR USO DE LA ENERGÍA GENERADA

INSTALACIÓN DE VENTA. La que vierte toda la energía a red, considerada una actividad industrial y con otros procedimientos, no reguladas en este RD.

INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO. La que destina al menos parte de su energía generada a uso directo de las personas asociadas como consumidoras. Dentro de las instalaciones de autoconsumo, según la gestión de la energía generada se dividen en:

  • Instalación sin excedentes: en la que un dispositivo electrónico (el antivertido) asegura que no se volcará energía en la red de distribución. Puede autoconsumirse toda la electricidad instantáneamente, o hacer uso de un sistema de almacenamiento (baterías).
  • Instalación con excedentes: Cuando las instalaciones de generación pueden, además de suministrar energía para autoconsumo, inyectar energía excedentaria en las redes de transporte y distribución.

 

POR NÚMERO DE PERSONAS QUE CONSUMEN LA ENERGÍA

INSTALACIÓN INDIVIDUAL, cuando exista una única consumidora asociada a la instalación generadora.

INSTALACIÓN COLECTIVA, cuando existan varias consumidoras asociadas a la misma instalación generadora. Permite, por primera vez, las instalaciones de autoconsumo compartidas en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales, entre otros.

 

POR TIPO DE CONEXIÓN:

INSTALACIÓN PRÓXIMA EN RED INTERIOR, cuando se conecten dentro de la propiedad, pasado el contador de la compañía.

INSTALACIÓN PRÓXIMA A TRAVÉS DE RED. Permite que una única instalación vierta su energía a través de las redes de baja tensión siempre y cuando dependan del mismo centro de transformación, o se conecten a menos de 500m de quien consuma la energía, o estén ubicadas en la misma referencia catastral que quien consuma la energía.

Además, el RD 244/2019 introduce un mecanismo llamado “compensación simplificada” que consiste en un descuento en la energía consumida en nuestra factura eléctrica, a cambio de los excedentes de energía fotovoltaica que no hayamos llegado a consumir y hayamos vertido a la red. Atendiendo a este criterio, las instalaciones con excedentes podrán ser:

  • Instalaciones acogidas a compensación. La energía que no se autoconsuma de forma instantánea se vuelca a la red. La compañía eléctrica nos reduce el coste de energía consumida en ese período de facturación (máximo un mes), con un precio de compensación fijo por wh vertido, pudiendo variar ligeramente de una a otra empresa. Pueden optar a esta modalidad las instalaciones individuales y colectivas conectadas en red interior que cumplan las condiciones descritas en el Real Decreto.

 

  • Instalaciones no acogidas a compensación. En esta modalidad la energía que no se autoconsuma de forma instantánea se vuelca a la red y se vende obteniendo por ella el precio del mercado eléctrico. Es una actividad económica regulada, por lo que deberíamos darnos de alta y lleva una serie de impuestos asociados.

(Extraído de “Guía profesional de tramitación del autoconsumo” editada por el IDAE)

El RD 244/2019 introduce un mecanismo llamado “compensación simplificada” que consiste en un descuento en la energía consumida en nuestra factura eléctrica, a cambio de los excedentes de energía fotovoltaica que no hayamos llegado a consumir y hayamos vertido a la red.

Incluimos dos de los cuadros explicativos de la Guía Profesional de Tramitación del Autoconsumo, Guías IDAE 021. En ellos se compara las facturas de un caso hipotético, reflejando la primera un consumo sin instalación fotovoltaica, y la segunda el mismo consumo con instalación fotovoltaica acogida a compensación. 

Es una propuesta basada en consumos estándar, tanto en cantidad como en horarios. Para conocer el ahorro real en tu caso, ponte en contacto con nuestro equipo en hola@solencoop.org 

CONSUMIDOR/A INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO
Potencia contratada = 5,75 kW.
Generación = 500 kWh
Tarifa 2.0A
Precio excedentes = 50 €/MWh
PVPC = 0,1134 €/kWh.
Precio mercado pool = 52 €/MWh
Peaje de acceso =0,0440 €/kWh
Simultaneidad = 30%
Coste energía = 0,069€/kWh
Autoconsumo = 120 kWh
Consumo mensual = 400 kWh
Excedentes = 380 kWh

Ejemplo de factura eléctrica sin instalación fotovoltaica

Potencia contratada kW €/kW/año €/mes
Peaje de acceso
5,75
38,043
17,98€
Margen comercialización
5,75
3,113
1,47€
TOTAL TÉRMINO FIJO
19,45€
Energía consumida kW €/kW/año €/mes
Coste energía
400
0,069
27,60€
Peaje de acceso
400
0,044
17,60€
TOTAL TÉRMINO VARIABLE
45,20€
Subtotal
64,65€
Impuesto eléctrico (5,11%)
3,31€
Alquiler contador (30 días)
0,81€
Subtotal
68,77€
IVA (21%)
14,44€

TOTAL FACTURA | 83,21€

Factura ejemplo sin instalación de autoconsumo (Guía de Tramitación del Autoconsumo. Guías IDAE 021)

Factura con instalación fotovoltaica y acogida a compensación

Potencia contratada kW €/kW/año €/mes
Peaje de acceso
5,75
38,043
17,98€
Margen comercialización
5,75
3,113
1,47€
TOTAL TÉRMINO FIJO
19,45€
Energía consumida kW €/kW/año €/mes
Coste energía
280
0,069
19,32€
Peaje de acceso
280
0,044
12,32€
Excedente FV
380
0,05
-19,00€
TOTAL TÉRMINO VARIABLE
12,64€
Subtotal
32,09€
Impuesto eléctrico (5,11%)
1,64€
Alquiler contador (30 días)
0,81€
Subtotal
34,54€
IVA (21%)
7,25€

TOTAL FACTURA: 41,79€ | 50% DE AHORRO

Factura ejemplo con instalación de autoconsumo (Guía de Tramitación del Autoconsumo. Guías IDAE 021)

Todos los que no queden recogidos en las categorías que marca el RD.

Si estás dudando sobre un caso en concreto, escríbenos a hola@solencoop.org y responderemos todas tus preguntas.

Tienes distintas opciones:

ACOGERTE A LA COMPENSACIÓN SIMPLIFICADA, mecanismo por el cual se le dará un valor a la energía que viertas a la red, y se descontará de la energía consumida de tu factura.

VENDER ESA ENERGÍA EN EL MERCADO ELÉCTRICO.

INSTALAR UN SISTEMA ANTI-VERTIDO para que dicha energía no se vuelque a la Red y aprovecharla acumulándola en baterías.

La energía solar, aunque todavía poco implantada en nuestro entorno, cuenta con décadas de desarrollo e investigación. Es ya una apuesta segura y rentable para ti, y parte de una transformación necesaria en la lucha contra la emergencia climática.

Son muchas las estimaciones de crecimiento y los acuerdos internacionales alcanzados al respecto. Según el informe (Global Market Outlook) publicado por la Asociación de la industria solar fotovoltaica europea (SolarPower Europe), el caso medio previsto hasta 2022, estima que en España se instalarán 9.000 MW de fotovoltaica, triplicando la potencia instalada hasta 2019.

MI INSTALACIÓN

Es una planta de generación de electricidad a partir de la energía solar.

Los generadores, son los módulos o paneles, formados por células de distintos materiales en las que se produce el efecto fotovoltaico, y la energía solar se transforma en electricidad.

Esta electricidad, en corriente continua, llega hasta un elemento llamado inversor, que será el encargado de convertirla en energía alterna (como la que nos proporciona la red eléctrica convencional). Además, será el encargado de otras muchas cosas: protecciones para el material y las personas, optimizar la producción, asegurar que no se vierta energía a la red si no es lo que queremos…

En el caso de una instalación con acumuladores, será necesario un elemento que regule las cargas y descargas, asegurando la vida útil y la eficiencia de nuestras baterías. A veces este elemento se incluirá en el inversor, y otras lo tendremos aparte: “el regulador”.

Cuando la energía, proveniente de los paneles o de las baterías, está en corriente alterna gracias a nuestro inversor, llega a la instalación de nuestra casa, a la que tenemos enchufado todo lo que necesitamos.

Se incluirán un cuadro de protecciones completo, como el que ya hay en tu hogar. Además, tendremos un contador propio, que medirá la producción y, en muchos casos, el consumo de electricidad solar.

Cuando no están conectadas con la red eléctrica general, las llamamos aisladas. La red está formada por la instalación fotovoltaica, y los consumos que alimenta.

Cuando se conectan a la red, los consumos se ven complementados con la comercializadora que tengamos contratada. Y la energía no aprovechada, se puede verter o no a la red, sin coste alguno.

Según tu caso particular, decidiremos juntos cuál es la mejor opción.

Es un dispositivo que nos proporcionará agua caliente, aprovechando la energía solar.

Contaremos con unos módulos o paneles, que estarán expuestos al sol, y están diseñados para aprovechar al máximo la energía recibida. Dentro de ellos, circula una mezcla de agua y un aditivo, que se va calentando y llega, a través de un circuito cerrado, hasta el interior de un acumulador.

Este acumulador, es un  gran contenedor de agua sanitaria, proveniente del mismo suministro que cualquier grifo. En ella, y sin contaminarla, se sumergen los serpentines por los que circula el fluido caliente que viene de los paneles, y que ceden su calor al agua acumulada. Las fuertes capas aislantes que recubren las paredes del acumulador, y la propia inercia térmica del agua, hacen que este calor se conserve mucho más que en un termo convencional.

La caldera o el termo de casa, sólo se encienden cuando el agua que circula por ellas no alcanza la temperatura deseada. Cuando sustituimos esa agua por la del acumulador térmico, conseguimos que la caldera o el termo, no necesiten encenderse, y no generen un consumo a la red.

Para darte una respuesta, necesitamos algunos datos. Dependerá del espacio útil del que dispongas. Con tu dirección y datos sobre tus consumos habituales, podemos darte una respuesta y una simulación de la producción y el ahorro que supondrían.

En el caso de instalaciones en tejado, deberá ser tuyo en propiedad o tener un acuerdo con la propiedad del mismo. Para el caso de comunidades, la producción de energía, podrá aprovecharse para los usos comunes, luz de escalera, ascensores…etc, y/o repartirse entre las viviendas. 

Cuando comience el proceso de instalar los paneles, puedes solicitar la licencia o pedirnos que lo hagamos en tu nombre. En cualquier caso, si te solicitan cualquier detalle técnico o estudio, nos encargaremos de hacerlo sin coste alguno.

Escríbenos  a hola@solencoop.org y haremos un estudio preliminar.

Nos encontramos al norte del Ecuador, por lo que la mayor radiación solar la recibimos desde el sur. Una buena orientación es importante para una instalación eficiente, pero el tejado no es la única opción para situarla.

Si tienes dudas sobre tu tejado, escríbenos a hola@solencoop.org y valoraremos las opciones contigo.

En SolenCoop somos profesionales especializados en el diseño, la instalación y mantenimiento de paneles solares fotovoltaicos. Nos encargaremos de todo.

Depende del tamaño y tipo de la instalación, y de las características del espacio. En viviendas, 2 ó 3 días son lo habitual. En negocios, para instalaciones de mayor tamaño, hablaremos de 2 a 6 días. Todo depende de cómo sea tu situación específica, pero es algo que hablaremos cuando el estudio esté hecho.

Los trámites administrativos necesarios (permisos de obra, registros de la instalación, etc.) pueden alargarse. La duración no está en nuestras manos, pero haremos lo posible para agilizar al máximo el proceso y te informaremos en todo momento.

Toda instalación eléctrica debe ser comunicada a la Comunidad de Madrid, con un boletín emitido por una persona acreditada para ello. Es parte de lo que te ofrecemos con el resto de la instalación.

La licencia de obra puedes solicitarla tú, pero en ocasiones se solicita documentación técnica o algún estudio extra del que podemos encargarnos.

En el caso de grandes instalaciones, donde sea necesario algún estudio o comunicación aparte, te informaremos sobre ello y lo incluiremos todo en el presupuesto.

No, la instalación se diseñará para repartir el peso y estar fijada de manera que no se toque la impermeabilización de tu tejado. Los materiales con los que trabajamos están pensados precisamente para asegurar esto, y tienen décadas de experiencia contrastada.

El viento es un factor que tendremos en cuenta al diseñar e instalar. Todo estará calculado para resistir con creces la carga de viento máxima posible. No debes preocuparte, nos encargamos de que no sea un problema.

Sí. La mayor producción será en las horas centrales de días despejados, pero seguirán produciendo aunque el sol no incida directamente en los paneles.

Tenemos dos opciones:

Seguirás conectado a la red eléctrica, de donde podrás consumir la energía igual que haces ahora.

También podemos incluir la instalación de baterías, para acumular la energía solar que no consumas durante el día, y aprovecharla de noche. Cuando valoremos las opciones, tendremos en cuenta tus horarios de consumo y decidiremos qué opción es mejor.

No son necesarias, pero son una opción que tendremos en cuenta. Te permitirán aprovechar la energía solar por la noche o disponer de más potencia de la contratada en un momento dado a cualquier hora del día. En ausencia de baterías, la red eléctrica te suministrará la energía que la fotovoltaica no cubra.

El único mantenimiento de las instalaciones fotovoltaicas durante los más de 25 años de vida útil, es una revisión anual, que si quieres podemos hacer desde SolenCoop.

Todas nuestras instalaciones cuentan con monitorización, que te avisaría en caso de producirse cualquier problema. Entonces enviaríamos a un técnico a solucionarlo.

Depende de muchos factores, tales como tus hábitos de consumo, eficiencia energética de tu casa, ubicación y orientación de la misma… Lo que sí podemos asegurarte es que el ahorro será el máximo posible y que tu satisfacción con nuestra instalación, irá en aumento con el paso del tiempo.

Además de la energía que sustituirás por la solar, te ayudaremos a mejorar tus hábitos, para continuar reduciendo tu factura y hacer de ti un consumidor más eficiente.

Depende del tipo y tamaño de la instalación, de tus consumos y del horario en que se produzcan. En muchos casos, contaremos con subvenciones, bonificaciones o ayudas de fondos públicos, que acortarán el plazo. Nos encargamos de comprobar tus posibilidades e informarte de ellas.

Cuando te pongas en contacto y empecemos con el estudio de tu caso, incluiremos un cálculo de amortización.

Hay distintos métodos para el cálculo de emisiones de CO². Sabremos cuánto evitas emitir cuando conozcamos la alternativa convencional que sustituyes (no contamina igual la generación eléctrica con carbón, que la de gas natural).

Pero, es importante recordar que el consumo no sólo debe ser limpio, si no consciente y eficiente. Todo uso genera un gasto y una cierta emisión, ya sea en la cadena de producción de los materiales de la instalación o del aparato al que des energía eléctrica. Unos hábitos responsable, enfocados al ahorro y el mejor aprovechamiento de la energía, siguen siendo necesarios cuando se trata de energía renovable. De hecho, es el complemento perfecto para ellas.

Te dejamos dos datos de ejemplo, pero recuerda que un estudio para cada caso es lo único que puede darnos cifras reales.

Cada kWh generado con energía solar fotovoltaica evita la emisión a la atmósfera de aproximadamente un kilo de CO², en el caso de comparar con generación eléctrica con carbón, o aproximadamente 400 gramos de CO² en el caso de comparar con generación eléctrica con gas natural.